Todo lo que necesitas para calcular, rellenar y presentar tu Modelo 130 trimestral sin errores
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El Modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que deben presentar los autónomos en régimen de estimación directa — tanto la modalidad normal como la simplificada.
A diferencia de las nóminas de los trabajadores por cuenta ajena, donde la empresa retiene el IRPF mes a mes, los autónomos lo ingresan ellos mismos cada trimestre mediante este modelo. Es, en esencia, un anticipo trimestral de lo que pagarás en la declaración anual de la renta.
El rendimiento neto es la diferencia entre los ingresos totales y los gastos deducibles acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre que declaras.
Están obligados a presentar el Modelo 130:
Están exentos o con régimen distinto:
El Modelo 130 se presenta 4 veces al año, en los mismos plazos que el Modelo 303 de IVA:
| Trimestre | Período | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| 1.º trimestre | Enero – Marzo | 1 al 20 de abril de 2026 |
| 2.º trimestre | Abril – Junio | 1 al 20 de julio de 2026 |
| 3.º trimestre | Julio – Septiembre | 1 al 20 de octubre de 2026 |
| 4.º trimestre | Octubre – Diciembre | 1 al 20 de enero de 2027 |
Si el día 20 es sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil. La presentación online a través de la sede electrónica de la AEAT está disponible los 7 días de la semana.
Suma todos los ingresos de tu actividad desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando. Incluye el importe sin IVA de todas las facturas emitidas, aunque no las hayas cobrado todavía.
Incluye todos los gastos deducibles de tu actividad acumulados desde el 1 de enero: cuotas del RETA, alquiler de local, material, suministros afectos a la actividad, gestoría, publicidad, amortizaciones, etc. El importe es sin IVA.
Rendimiento neto = Ingresos acumulados − Gastos deducibles acumulados. Si el resultado es negativo o cero, el modelo sale a "negativo" y no hay que pagar nada, aunque debes presentarlo igualmente.
Cuota bruta = 20% × rendimiento neto positivo. Este es el pago fraccionado bruto del ejercicio hasta el trimestre actual.
Si tus clientes te han practicado retenciones del 15% (o 7% si eres nuevo autónomo) en tus facturas, descuenta el total acumulado de esas retenciones.
Descuenta los importes ya ingresados en los trimestres 1, 2 y 3 del mismo ejercicio (solo aplica al 2T, 3T y 4T).
Resultado = casilla 03 − casilla 04 − casilla 05. Si es positivo, ese es el importe a ingresar. Si es negativo, presentas declaración negativa (sin pago).
| Casilla | Descripción | Cómo rellenarla |
|---|---|---|
| 01 | Ingresos íntegros acumulados | Total de ingresos sin IVA desde el 1 de enero |
| 02 | Gastos fiscalmente deducibles acumulados | Total de gastos sin IVA desde el 1 de enero |
| 03 | Rendimiento neto × 20% | Cálculo automático: (01 − 02) × 0,20 |
| 04 | Retenciones e ingresos a cuenta acumulados | Total de retenciones del 15% / 7% soportadas |
| 05 | Pagos fraccionados del ejercicio anteriores | Suma de lo ingresado en 1T, 2T y 3T del mismo año |
| 06 | Resultado de la declaración | 03 − 04 − 05 (positivo = a pagar; negativo = sin pago) |
Si tu rendimiento neto de actividades económicas del ejercicio anterior fue inferior a 19.747,50 €, puedes aplicar una reducción especial antes de calcular el pago fraccionado (art. 110.3 del Reglamento del IRPF). Esta reducción oscila entre 1.182 € y 2.364 € anuales según el nivel de rendimientos, lo que reduce directamente la base del 20%.
La reducción opera por cuartas partes en cada trimestre. Si vas a aplicarla, consúltalo con tu gestor para no cometer errores en la casilla.
Las consecuencias de no cumplir con el Modelo 130 en plazo son:
Si te has olvidado de presentar un trimestre, lo mejor es hacerlo lo antes posible de forma voluntaria para beneficiarte de los recargos más bajos frente a una sanción formal.
El Modelo 130 no es un impuesto independiente, sino un pago a cuenta del IRPF anual. Cuando presentas tu declaración de la renta (Modelo 100) en primavera, el total de los cuatro pagos fraccionados del año anterior se descuenta de la cuota final:
Los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) que no superen el 70% de ingresos con retención. Los de módulos presentan el Modelo 131.
Del 1 al 20 de abril (1T), julio (2T), octubre (3T) y del 1 al 20 de enero de 2027 (4T).
20% del rendimiento neto acumulado (ingresos − gastos) menos los pagos anteriores del mismo año y las retenciones soportadas.
Debes presentarlo marcando la casilla de resultado negativo. No hay pago, pero la obligación de presentación subsiste para evitar sanciones.
No. Es un pago a cuenta. El importe pagado se descuenta de la cuota de IRPF anual en la declaración de renta de primavera.
Sí, si el 70% o más de tus ingresos llevan retención del 15% practicada por tus clientes. Debes comunicarlo a la AEAT mediante el modelo 036/037.