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FAQ autónomos 2026: todas tus preguntas respondidas

Publicado: 15 ene 2025

Cuota RETA, IVA, IRPF, modelos trimestrales, gastos deducibles, tarifa plana y factura electrónica. Respuestas claras y actualizadas a junio 2026.

Autónomo trabajando con ordenador portátil gestionando su contabilidad y documentos fiscales

Cuota de autónomos (RETA) 2026

¿Cuánto paga un autónomo en 2026?

En 2026, la cuota mínima es de 229,42 €/mes (base 735,29 €, tramo 1) y la cuota máxima llega a 1.402,44 €/mes (base 4.495 €, tramo 15). La cuota exacta depende de tus ingresos netos reales anuales, distribuidos en 15 tramos según el sistema RETA vigente desde 2023.

El tipo total de cotización es el 31,20% sobre la base elegida. Usa nuestra calculadora de cuota de autónomo para ver tu importe exacto.

¿Qué es la tarifa plana de autónomos en 2026?

La tarifa plana en 2026 es de 80 €/mes durante los primeros 12 meses desde el alta. Pueden solicitarla quienes no hayan estado dados de alta como autónomos en los últimos 2 años (3 si ya disfrutaron de la tarifa plana anteriormente).

La tarifa plana no depende del nivel de ingresos: pagas 80 €/mes independientemente de lo que ganes. En colectivos especiales (discapacidad ≥33%, víctimas de violencia de género) se amplía a 24 meses.

¿Cómo funciona la cotización por ingresos reales?

Desde 2023, los autónomos cotizan según sus rendimientos netos reales, no por una base fija. Cada año estimas tus ingresos netos (ingresos menos gastos, aplicando una deducción del 7%) y eliges la base de cotización mínima del tramo correspondiente.

Al año siguiente, la Seguridad Social regulariza la cuota comparando lo cotizado con tus ingresos declarados a Hacienda. Si cotizaste de más, te devuelven la diferencia; si cotizaste de menos, debes pagar la diferencia antes del 31 de octubre.

¿Puedo cambiar mi base de cotización durante el año?

Sí. Los autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta 6 veces al año, los días 1 de los meses impares: 1 de enero, 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre y 1 de noviembre. El cambio se puede gestionar desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) o a través de tu gestor.

¿Cuándo se realiza la regularización anual de la cuota?

La Seguridad Social realiza la regularización entre julio y diciembre del año siguiente, una vez que Hacienda le ha comunicado tus ingresos reales de la declaración de la renta. Recibirás una notificación en tu buzón de la SEDESS con el resultado: devolución o cobro de diferencias.

¿Qué bonificaciones existen además de la tarifa plana?

En 2026 existen varias bonificaciones adicionales:

  • Pluriactividad: si también tienes un trabajo por cuenta ajena, 50% de reducción en la cuota los primeros 18 meses y 25% entre los meses 19-24.
  • Cuidado de menores de 12 años: bonificación del 100% durante máximo 12 meses si reduces la jornada.
  • Maternidad/paternidad: cuota bonificada al 100% durante el permiso si se contrata a un sustituto.
  • Discapacidad ≥33%: tarifa plana 80 € durante 24 meses y 50% de reducción hasta los 60 meses.
Autónomo revisando facturas y documentación fiscal en su escritorio de trabajo

IVA para autónomos

¿Qué tipos de IVA existen y cuándo aplica cada uno?

En España existen tres tipos de IVA en 2026:

  • 21% (tipo general): servicios profesionales, ropa, electrónica, muebles, la mayoría de productos y servicios.
  • 10% (tipo reducido): alimentación no básica, hostelería, restauración, transporte de viajeros, vivienda nueva, obras de rehabilitación.
  • 4% (tipo superreducido): alimentos básicos (pan, leche, huevos, frutas, verduras), libros, periódicos, medicamentos, prótesis y vehículos para personas con discapacidad.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 303?

El modelo 303 (autoliquidación trimestral del IVA) se presenta cuatro veces al año:

  • 1.er trimestre (enero-marzo): del 1 al 20 de abril
  • 2.º trimestre (abril-junio): del 1 al 20 de julio
  • 3.er trimestre (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre
  • 4.º trimestre (octubre-diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si la fecha cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía al día hábil siguiente.

¿Qué es el modelo 390 y quién lo presenta?

El modelo 390 es el resumen anual del IVA. Se presenta en enero del año siguiente (antes del 30 de enero) y recoge el total de IVA devengado y deducido durante los 4 trimestres del año. Lo deben presentar todos los autónomos con actividad sujeta a IVA que no estén acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información).

¿Qué es el recargo de equivalencia?

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA para comerciantes minoristas que venden directamente a particulares sin transformar los productos. En lugar de gestionar el IVA trimestral, el proveedor les carga el IVA más un recargo: 5,2% para el tipo general, 1,4% para el reducido y 0,5% para el superreducido. No presentan el modelo 303 por sus ventas al público.

¿Cómo se calcula el IVA en una factura?

El IVA se calcula multiplicando la base imponible por el tipo aplicable. Ejemplo con tipo 21%: si prestas un servicio por 1.000 €, el IVA sería 210 € y el total de la factura 1.210 €. Usa nuestra calculadora de IVA para hacerlo en segundos.

¿Qué pasa si presento el modelo 303 fuera de plazo?

Si presentas fuera de plazo de forma voluntaria (sin requerimiento de Hacienda), se aplica un recargo por declaración extemporánea: 1% por cada mes completo de retraso hasta 12 meses. A partir de 12 meses, el recargo es del 15% más intereses de demora. Si Hacienda te requiere primero, el recargo es del 15% más intereses.

IRPF para autónomos

¿Cuándo hay que presentar el modelo 130?

El modelo 130 (pago fraccionado trimestral del IRPF) se presenta en los mismos plazos que el 303:

  • 1T: del 1 al 20 de abril
  • 2T: del 1 al 20 de julio
  • 3T: del 1 al 20 de octubre
  • 4T: del 1 al 30 de enero del año siguiente

No tienen que presentarlo los autónomos cuyo 70% o más de los ingresos del año anterior ya soportó retención de IRPF (habitualmente quienes facturan solo a empresas con retención del 15%).

¿Qué tramos de IRPF se aplican a autónomos en 2026?

Los tramos estatales del IRPF 2026 son:

Base liquidableTipo estatal
Hasta 12.450 €9,50%
De 12.450 a 20.200 €12,00%
De 20.200 a 35.200 €15,00%
De 35.200 a 60.000 €18,50%
De 60.000 a 300.000 €22,50%
Más de 300.000 €24,50%

A estos tipos estatales hay que sumarles los tipos autonómicos (similares en magnitud), por lo que el tipo efectivo total oscila entre el 19% y el 47% según tramo y comunidad.

¿Cuál es el tipo de retención IRPF en facturas de autónomos?

El tipo general de retención IRPF para autónomos profesionales en 2026 es el 15%. En los primeros dos años naturales de actividad, el tipo se reduce al 7%. Solo se aplica cuando el cliente es una empresa o profesional (no a particulares). El cliente retiene ese porcentaje e ingresa en Hacienda a cuenta de tu IRPF anual.

¿Puedo deducir la cuota de autónomo en el IRPF?

Sí. Las cuotas pagadas al RETA (Seguridad Social) son gasto deducible íntegro en el IRPF. Se incluyen en los gastos de la actividad económica y reducen el rendimiento neto antes de calcular la base liquidable y los tramos del impuesto.

¿Qué diferencia hay entre estimación directa normal y simplificada?

Estimación directa simplificada (facturación inferior a 600.000 €/año): permite aplicar un 5% adicional sobre el rendimiento neto como provisiones y gastos de difícil justificación (máximo 2.000 €), lo que simplifica la contabilidad.

Estimación directa normal: exige contabilidad ajustada al Código de Comercio y permite deducir los gastos reales sin el límite porcentual anterior. Es obligatoria para quienes superan los 600.000 € de facturación.

¿Cuándo se presenta la declaración de la renta?

La campaña de la renta de 2025 (que se declara en 2026) se extiende desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2026. Si el resultado es a ingresar y pagas mediante domiciliación bancaria, el plazo se anticipa al 25 de junio. Puedes obtener el borrador en la web de la AEAT desde el primer día de campaña.

Persona calculando su declaración de la renta con calculadora y documentos de ingresos

Gastos deducibles y facturas

¿Qué gastos puede deducir un autónomo en 2026?

Los principales gastos deducibles para autónomos en estimación directa son:

  • Cuotas Seguridad Social (RETA): deducibles al 100%
  • Alquiler del local o despacho: deducible al 100% si es exclusivamente profesional
  • Suministros (luz, agua, internet): en la parte proporcional afecta a la actividad
  • Material y equipamiento de trabajo: deducible al 100% o por amortización si son activos fijos
  • Servicios profesionales externos: gestoría, publicidad, diseño, servicios jurídicos
  • Seguros vinculados a la actividad: responsabilidad civil, seguros del local
  • Gastos de viaje relacionados con la actividad: transporte, alojamiento, dietas
  • Intereses de préstamos empresariales

No son deducibles: gastos personales, vehículo privado (salvo uso exclusivamente profesional), cuota de autónomo societario por el socio gerente en el cálculo de tramo (pero sí en IRPF).

¿Puedo deducir el vehículo como autónomo?

Solo si el vehículo se usa exclusivamente para la actividad profesional. En la práctica, Hacienda raramente acepta la deducción de un vehículo privado que también se usa para fines personales. Las excepciones son actividades donde el vehículo es herramienta de trabajo: taxistas, transportistas, agentes comerciales, instructores de autoescuela o repartidores.

Si usas el coche para visitas comerciales, puedes deducir los gastos de desplazamiento (gasolina, peajes, parking) con justificación adecuada, aunque el vehículo en sí no sea deducible.

¿Qué datos obligatorios debe tener una factura?

Según la normativa española, una factura debe incluir:

  • Número y serie correlativa
  • Fecha de expedición (y de realización del servicio si es diferente)
  • Nombre/razón social y NIF del emisor
  • Nombre/razón social y NIF del receptor
  • Descripción de los bienes o servicios prestados
  • Base imponible
  • Tipo de IVA aplicado e importe del IVA
  • Retención de IRPF si procede
  • Importe total

Usa el generador de facturas de FacturandoZen para crear facturas correctas en segundos.

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica para autónomos?

La Ley Crea y Crece establece la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas entre autónomos y empresas (B2B). El calendario de implantación diferencia por tamaño:

  • Grandes empresas (facturación >8 millones €): obligatorio desde 2024.
  • Resto de autónomos y pymes: el plazo final depende de la publicación del reglamento técnico, previsto para 2025-2026.

Las facturas a la Administración Pública ya son obligatorias en formato FacturaE (vía FACe) desde enero 2015.

¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas?

Las facturas deben conservarse durante 4 años a efectos fiscales (plazo de prescripción de Hacienda). Si las facturas están relacionadas con bienes amortizables, hay que conservarlas durante todo el período de amortización más 4 años. A efectos mercantiles, el Código de Comercio exige conservar los documentos durante 6 años.

Inicio de actividad y obligaciones

¿Qué diferencia hay entre autónomo y sociedad limitada?

Autónomo (persona física): alta inmediata en AEAT y RETA, sin capital mínimo, responsabilidad ilimitada con su patrimonio personal, tributa en IRPF, administración simplificada.

Sociedad Limitada (SL): persona jurídica independiente, capital mínimo de 3.000 € (1 € desde la "empresa de responsabilidad limitada de formación sucesiva"), responsabilidad limitada al capital aportado, tributa en Impuesto de Sociedades (25%), mayor carga administrativa pero más protección patrimonial.

¿Puede un autónomo facturar sin estar dado de alta en el RETA?

No. Para facturar como autónomo de forma legal es obligatorio estar dado de alta tanto en Hacienda (presentar el modelo 036 o 037) como en la Seguridad Social (alta en el RETA). Facturar sin estar dado de alta es una infracción grave que puede conllevar multas de la AEAT y la TGSS, más las cuotas atrasadas con recargo.

¿Necesito un gestor para llevar mis cuentas como autónomo?

No es obligatorio, pero es altamente recomendable salvo que tengas conocimientos fiscales sólidos. Un gestor cuesta entre 80-250 €/mes según complejidad y se encarga de los modelos trimestrales, la renta anual, la contabilidad y el asesoramiento fiscal. El ahorro en errores y optimización fiscal generalmente compensa el coste.

¿Qué modelos trimestrales debe presentar un autónomo?

Los modelos trimestrales más habituales para autónomos son:

  • Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA (si la actividad está sujeta a IVA)
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF en estimación directa
  • Modelo 131: pago fraccionado del IRPF en módulos (estimación objetiva)
  • Modelo 115: retenciones sobre alquileres (si alquilas un local)
  • Modelo 111: retenciones sobre rendimientos del trabajo y actividades profesionales (si tienes empleados o contratas profesionales con retención)

Herramientas y guías relacionadas

Si tu duda no está en esta FAQ, estas herramientas y guías te ayudarán a profundizar:

¿No encuentras tu respuesta? Las normas fiscales cambian cada año. Para dudas específicas de tu situación, consulta la web de la AEAT, la Sede Electrónica de la Seguridad Social o un asesor fiscal.