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Modelo 130: guía completa del pago fraccionado IRPF para autónomos 2026

Publicado: 19 jun 2025

Quién debe presentarlo, plazos exactos, casillas, minoración por bajos ingresos y ejemplos de cálculo

Calcular mi retención IRPF
Autónomo rellenando el Modelo 130 IRPF en España

¿Qué es el Modelo 130?

El Modelo 130 es la declaración trimestral mediante la cual los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) realizan los pagos fraccionados del IRPF a cuenta de su declaración anual de la renta.

A diferencia de un trabajador por cuenta ajena, a quien la empresa le retiene el IRPF en cada nómina, el autónomo se autoliquida ese anticipo cuatro veces al año. Lo regula el artículo 109 del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007).

Fórmula básica: Importe a ingresar = (20% × rendimiento neto acumulado) − pagos anteriores del año − retenciones soportadas − minoración por bajos ingresos (si procede)

¿Quién tiene que presentar el Modelo 130?

Están obligados:

Están exentos o con régimen distinto:

Regla del 70%: si el año anterior el 70% o más de tus ingresos fueron objeto de retención de IRPF, quedas exento de presentar el 130 este ejercicio. Debes comunicarlo mediante el modelo 036/037.
Autónomo calculando el IRPF trimestral con documentos y portátil

Plazos de presentación del Modelo 130 en 2026

El Modelo 130 se presenta 4 veces al año, en los mismos plazos que el Modelo 303 de IVA:

TrimestrePeríodoPlazo de presentación
1T 2026Enero – Marzo1 al 20 de abril de 2026
2T 2026Abril – Junio1 al 20 de julio de 2026
3T 2026Julio – Septiembre1 al 20 de octubre de 2026
4T 2026Octubre – Diciembre1 al 30 de enero de 2027
Importante: si el día 20 (o 30 en el 4T) cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil. Con domiciliación bancaria del pago, el plazo se adelanta 5 días naturales.

Cómo calcular el Modelo 130 paso a paso

1
Ingresos acumulados (casilla 01): suma todos los ingresos de tu actividad desde el 1 de enero hasta el fin del trimestre, sin IVA, aunque no los hayas cobrado todavía.
2
Gastos deducibles acumulados (casilla 02): cuotas del RETA, alquiler, suministros, gestoría, amortizaciones y el 5% de gastos de difícil justificación (máx. 2.000€) en estimación simplificada.
3
Rendimiento neto (casilla 03): casilla 01 − casilla 02. Si es cero o negativo, el pago fraccionado también lo será.
4
Cuota íntegra al 20% (casilla 04): 20% del rendimiento neto positivo acumulado.
5
Pagos anteriores del año (casilla 05): resta lo ya ingresado en los trimestres anteriores del mismo ejercicio.
6
Retenciones soportadas (casilla 06): resta las retenciones del 15% (o 7% si eres nuevo autónomo) que te hayan practicado tus clientes en factura.
7
Minoración por bajos ingresos (casilla 13), si procede: resta hasta 100€ trimestrales si tu rendimiento neto del año anterior fue igual o inferior a 12.000€.
Ejemplo práctico — 1T 2026 (diseñadora gráfica sin retenciones):
Ingresos enero-marzo: 9.400€ | Gastos deducibles: 2.150€
Rendimiento neto: 7.250€ | 20% → 1.450€
Sin pagos anteriores ni retenciones. Rendimiento neto 2025 fue de 8.600€ → aplica minoración de 100€ (casilla 13)
Resultado a ingresar: 1.450 − 100 = 1.350€
Contable revisando la planificación fiscal con calculadora

Casillas principales del Modelo 130 (2026)

CasillaConceptoCómo rellenarla
01Ingresos íntegros acumuladosTotal de ingresos sin IVA desde el 1 de enero
02Gastos fiscalmente deducibles acumuladosTotal de gastos sin IVA desde el 1 de enero
03Rendimiento netoCasilla 01 − casilla 02
04Cuota íntegra (20%)Casilla 03 × 0,20
05Pagos fraccionados anteriores del ejercicioSuma de lo ingresado en trimestres previos del mismo año
06Retenciones e ingresos a cuenta soportadosTotal de retenciones del 15%/7% en tus facturas
07Resultado previoCasilla 04 − 05 − 06
13Minoración por rendimientos netos bajosHasta 100€/trimestre si rendimiento neto año anterior ≤12.000€ (art. 110.3.c RIRPF)
14 / 19Resultado finalA ingresar (14, si es positivo) o a compensar en el siguiente trimestre (19, si es negativo)

Minoración por rendimientos netos bajos (casilla 13)

El artículo 110.3.c del Reglamento del IRPF permite reducir el pago fraccionado a los autónomos con rendimientos netos anuales modestos el ejercicio anterior. Solo se aplica si el rendimiento neto de todas tus actividades económicas del año anterior fue igual o inferior a 12.000€.

Rendimiento neto ejercicio anteriorMinoración por trimestre (casilla 13)
Hasta 9.000€100€
Entre 9.000,01€ y 10.000€75€
Entre 10.000,01€ y 11.000€50€
Entre 11.000,01€ y 12.000€25€
Más de 12.000€No aplica

Si tributas conjuntamente el 130 y el 131 (actividades mixtas), el límite máximo se reparte entre ambos modelos sin superar el importe trimestral que te corresponda por tramo.

Segundo ejemplo práctico — 3T 2026 con actividad acumulada y minoración

Autónomo de reformas en estimación directa simplificada, rendimiento neto de 2025 de 10.400€ (aplica minoración de 75€/trimestre):

ConceptoEnero–Sept. 2026 (acumulado)
Ingresos acumulados (casilla 01)34.800€
Gastos deducibles acumulados (casilla 02)15.600€
Rendimiento neto (casilla 03)19.200€
Cuota íntegra 20% (casilla 04)3.840€
Pagado en 1T + 2T (casilla 05)1.900€
Retenciones soportadas (casilla 06)320€
Minoración acumulada 3 trimestres (casilla 13)225€
Resultado a ingresar en 3T3.840 − 1.900 − 320 − 225 = 1.395€

Cómo presentar el Modelo 130 en la sede electrónica

  1. Accede a sede.agenciatributaria.gob.es
  2. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN
  3. Ve a Todos los trámites > Impuesto sobre la Renta > Pagos fraccionados de actividades económicas (Modelo 130)
  4. Selecciona ejercicio 2026 y el trimestre correspondiente
  5. Rellena las casillas con los datos calculados (ver tabla anterior)
  6. Si el resultado es positivo: elige domiciliación en cuenta o pago con NRC bancario
  7. Si es negativo o cero: marca la casilla de resultado negativo y confirma la presentación igualmente
  8. Descarga y guarda el justificante de presentación (PDF con número de referencia), durante al menos 4 años

Sanciones y recargos por no presentar el Modelo 130 en plazo

SituaciónRecargo/Sanción
Presentación voluntaria fuera de plazo (retraso < 12 meses, sin requerimiento)Recargo del 1% por cada mes completo de retraso
Retraso ≥ 12 mesesRecargo del 15% + intereses de demora
Con requerimiento previo de la AEATInfracción leve: sanción del 50% de la cuota dejada de ingresar (mínimo 150€)
Declaración negativa presentada fuera de plazoSanción fija de 200€ (100€ si se presenta antes de un requerimiento)
Si te has olvidado de un trimestre: preséntalo cuanto antes de forma voluntaria — el recargo por presentación espontánea siempre es inferior a la sanción por requerimiento de la AEAT.

Relación entre el Modelo 130 y la declaración de la renta

El Modelo 130 no es un impuesto independiente: es un pago a cuenta del IRPF anual. Cuando presentas la declaración de la renta (Modelo 100) en la campaña de abril-junio del año siguiente, el total de los cuatro pagos fraccionados se descuenta de la cuota final:

Planificación fiscal: si en el tercer trimestre ves que vas a pagar mucho en la renta, puedes adelantar gastos deducibles antes del 31 de diciembre para reducir el rendimiento neto del cuarto trimestre.

Modelo 130 vs Modelo 131: diferencias clave

CaracterísticaModelo 130Modelo 131
RégimenEstimación directa (normal o simplificada)Estimación objetiva (módulos)
Base de cálculoIngresos reales − gastos realesRendimiento estimado por módulos de la AEAT
% aplicado20% del rendimiento neto4% general, 3% con un empleado, 2% sin personal asalariado
PlazosMismos plazos trimestralesMismos plazos trimestrales

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 130

¿Quién debe presentar el Modelo 130?

Los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) que no tengan el 70% o más de sus ingresos con retención IRPF. Los de módulos presentan el Modelo 131.

¿Cuáles son los plazos del Modelo 130 en 2026?

1T: 1-20 abril. 2T: 1-20 julio. 3T: 1-20 octubre. 4T: 1-30 enero de 2027. Con domiciliación, 5 días antes en cada plazo.

¿Cómo se calcula el importe del Modelo 130?

20% del rendimiento neto acumulado, menos los pagos anteriores del año, las retenciones soportadas y la minoración de la casilla 13 si tu rendimiento neto anterior fue ≤12.000€.

¿Qué es la minoración por rendimientos bajos de la casilla 13?

Reducción del art. 110.3.c RIRPF de hasta 100€/trimestre para autónomos con rendimiento neto del año anterior igual o inferior a 12.000€, escalonada según el tramo (100/75/50/25€).

¿Qué pasa si el Modelo 130 sale negativo o a cero?

Debes presentarlo igualmente marcando la casilla de resultado negativo. No hay pago, pero la obligación de presentación se mantiene para evitar sanciones.

¿El Modelo 130 sustituye a la declaración de la renta?

No. Es un pago a cuenta. El importe se descuenta de la cuota de IRPF anual en la declaración de la renta de la primavera siguiente.

¿Puedo estar exento del Modelo 130?

Sí, si el 70% o más de tus ingresos del año anterior llevaron retención practicada por tus clientes. Se comunica a la AEAT mediante el modelo 036/037.

¿Qué diferencia hay entre el Modelo 130 y el Modelo 131?

El 130 tributa sobre el rendimiento real (ingresos−gastos) al 20%. El 131 tributa por módulos aplicando el 4%, 3% o 2% según personal contratado.

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Disclaimer: Esta guía es informativa y de carácter general. Para tu situación concreta, consulta con un asesor fiscal o gestor. La normativa tributaria puede variar; verifica siempre en la sede AEAT los plazos e importes vigentes.