Publicado: 18 jul 2026
Los plazos exactos del IVA, el IRPF, las retenciones y los resúmenes anuales, mes a mes, para no pagar un recargo por olvido
Prueba el generador de facturas gratisSer autónomo en España implica presentar obligaciones fiscales de forma recurrente y trimestral, no solo una vez al año. Entre IVA, IRPF, retenciones y resúmenes informativos, un autónomo puede llegar a tener entre 4 y 12 presentaciones distintas cada año, según su actividad. Perder una fecha no significa solo un aviso: la AEAT aplica recargos automáticos desde el primer día de retraso, incluso si presentas por tu cuenta sin que Hacienda te lo reclame.
Este calendario reúne todas las fechas de 2026 organizadas por trimestre y por modelo, con enlaces directos a la guía de cada uno para que sepas exactamente qué tienes que rellenar y cómo.
| Periodo | Plazo de presentación | Modelos habituales |
|---|---|---|
| 4T 2025 (cierre anual) | 1 - 20 de enero 2026 (111/115) · 1 - 30 de enero (303/130/131/390) | 111, 115, 303, 130, 131, 390 |
| Resúmenes anuales retenciones | 1 de enero - 2 de febrero 2026 | 190, 180, 145 (comunicación) |
| Operaciones con terceros | 1 de febrero - 2 de marzo 2026 | 347 |
| 1T 2026 | 1 - 20 de abril 2026 | 111, 115, 303, 130, 131, 349 |
| Renta 2025 | 8 de abril - 30 de junio 2026 | Modelo 100 (IRPF anual) |
| 2T 2026 | 1 - 20 de julio 2026 | 111, 115, 303, 130, 131, 349 |
| 3T 2026 | 1 - 20 de octubre 2026 | 111, 115, 303, 130, 131, 349 |
| 4T 2026 (cierre anual) | 1 - 30 de enero 2027 | 111, 115, 303, 130, 131, 390 |
Enero concentra el cierre del ejercicio anterior: el 4T del IVA y el IRPF, más los resúmenes informativos anuales. Es, con diferencia, el mes con más presentaciones de todo el calendario:
Si en algún trimestre del año presentaste el modelo 111 o el 115, en enero-febrero te toca además su resumen anual correspondiente. Revisa con antelación qué modelos presentaste en 2026 para no dejarte ninguno.
| Modelo | Qué declara | Quién debe presentarlo |
|---|---|---|
| 303 | IVA repercutido y soportado del trimestre | Todos los autónomos sujetos a IVA (salvo actividades exentas) |
| 130 | Pago fraccionado del IRPF en estimación directa | Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) |
| 131 | Pago fraccionado del IRPF en módulos | Autónomos en estimación objetiva (módulos) |
| 111 | Retenciones practicadas a trabajadores y profesionales | Solo si tienes empleados o pagas facturas con retención IRPF a otros profesionales |
| 115 | Retención por alquiler de local afecto a la actividad | Solo si alquilas un local con retención aplicable |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (entregas/adquisiciones UE) | Solo si operas con clientes o proveedores de otros países UE |
Si tu actividad es sencilla (sin empleados, sin alquiler con retención, sin operaciones internacionales), lo normal es que solo presentes 303 y 130 cada trimestre. Puedes calcular ambos con la calculadora de IVA y la guía del modelo 130 antes de rellenarlos.
La AEAT distingue entre presentar tarde por tu cuenta (sin que Hacienda te lo reclame) y presentar tarde tras un requerimiento. La diferencia económica es enorme:
| Situación | Recargo o sanción |
|---|---|
| Presentación voluntaria, hasta 1 mes de retraso | 1% fijo (sin intereses de demora) |
| Presentación voluntaria, de 2 a 12 meses | 1% adicional por cada mes completo de retraso (hasta 12%) |
| Presentación voluntaria, más de 12 meses | 15% + intereses de demora desde el día 13 |
| Presentación tras requerimiento de Hacienda | Sanción del 50% al 150% de la cuota, más intereses de demora |
Si prefieres delegar todo el seguimiento de plazos, revisa nuestra guía de gestoría online para autónomos: una asesoría se encarga de presentar cada modelo en fecha por ti.
Los cuatro cierres trimestrales de IVA (303) e IRPF (130): 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027 para el 4T de 2026. A eso se suman enero (resumen anual 390, 190, 180), febrero (347) y la Renta entre abril y junio.
Si presentas voluntariamente, un recargo del 1% al 15% según el retraso, sin sanción. Si Hacienda te requiere antes, sanción del 50% al 150% de la cuota más intereses de demora.
Sí, desde la sede electrónica de la AEAT, para los modelos con resultado a ingresar. El plazo de domiciliación se cierra unos días antes que el plazo general (normalmente el 15 en vez del 20).
Con carácter general 303 (IVA) y 130 o 131 (IRPF). Si retienes a trabajadores o profesionales, además 111; si alquilas local con retención, 115.
Del 8 de abril al 30 de junio de 2026 (domiciliación hasta el 25 de junio), correspondiente al ejercicio 2025.
El resumen anual del IVA, que recopila los cuatro 303 del año. Se presenta del 1 al 30 de enero. Algunos autónomos con bajo volumen están exentos.
Solo si retienes a otros profesionales que te facturan con IRPF. Si no practicas ninguna retención, no es obligatorio.
Declaración informativa de operaciones con un mismo cliente o proveedor que superen 3.005,06€ al año (IVA incluido). Se presenta del 1 de febrero al 2 de marzo.
Domicilia los pagos, marca las cuatro fechas trimestrales fijas, pon alarma con antelación y mantén tus facturas al día en lugar de reconstruirlas a última hora.