Modelo 390 explicado 2026
El resumen anual del IVA. No se paga nada con él: es la foto de todo el año que recapitula tus cuatro Modelos 303. Aquí tienes quién está obligado, quién está exonerado, el plazo de enero, las casillas clave y cómo asegurarte de que cuadra con tus trimestres. Con tabla y ejemplo.
Si presentas el IVA cada trimestre con el Modelo 303, hay un modelo más que cierra el año: el Modelo 390, el resumen anual del IVA. A diferencia del 303, el 390 no implica ningún pago: es una declaración puramente informativa que recapitula todas tus operaciones con IVA del año natural. Hacienda lo usa para comprobar que la suma de tus cuatro autoliquidaciones trimestrales coincide con tu actividad anual. En esta guía verás qué es exactamente, quién está obligado y quién está exonerado, el plazo, las casillas que más importan y cómo evitar el error más común: que el 390 no cuadre con tus 303.
¿Qué es el Modelo 390?
El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido. En él se recogen, agrupadas por todo el año, las operaciones que ya fuiste declarando trimestre a trimestre: el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes), el IVA soportado deducible (el que pagas en tus compras y gastos), las operaciones interiores, intracomunitarias y exportaciones, y, si tu actividad lo requiere, la prorrata y la regularización de bienes de inversión.
No es una autoliquidación: con el 390 no se ingresa ni se solicita devolución. Eso ya lo hiciste con los cuatro Modelos 303 del año. El 390 es simplemente la foto de conjunto que suma y ordena esos datos para que la Agencia Tributaria los contraste.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 390?
La regla general es sencilla: si presentas el Modelo 303, presentas el 390. Pero hay colectivos exonerados de hacerlo, siempre que rellenen correctamente la casilla de exoneración en el Modelo 303 del cuarto trimestre:
| Situación | ¿Presenta el 390? |
|---|---|
| Autónomo/empresa en régimen general de IVA | Sí, obligatorio |
| Régimen simplificado de IVA (módulos) | Exonerado (marca la casilla en el 4T) |
| Solo arrendamiento de inmuebles urbanos | Exonerado |
| Acogido al SII (Suministro Inmediato de Información) | Exonerado |
| Actividad con prorrata o bienes de inversión | Sí, y debe declarar la regularización anual |
Plazo de presentación del Modelo 390 en 2026
El Modelo 390 se presenta del 1 al 30 de enero del año siguiente al que se declara. Coincide en plazo con el Modelo 303 del cuarto trimestre:
| Ejercicio que declaras | Plazo de presentación | Se presenta junto a |
|---|---|---|
| IVA del año 2025 | 1 – 30 de enero de 2026 | Modelo 303 del 4T 2025 |
| IVA del año 2026 | 1 – 30 de enero de 2027 | Modelo 303 del 4T 2026 |
Se presenta obligatoriamente por vía telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Consulta todos los vencimientos del año en el calendario fiscal del autónomo.
Estructura del Modelo 390: las casillas que importan
El modelo es largo, pero para la mayoría de autónomos en régimen general lo esencial se concentra en unos pocos bloques. Estos son los que más conviene revisar:
| Bloque | Qué recoge |
|---|---|
| Datos identificativos y de devengo | NIF, ejercicio, actividad y regímenes aplicados durante el año |
| IVA devengado (repercutido) | Bases y cuotas de tus ventas por tipo (4%, 10%, 21%) y por tipo de operación |
| IVA deducible (soportado) | IVA de compras corrientes, de bienes de inversión e importaciones |
| Resultado de las liquidaciones | Resumen de los cuatro 303: a ingresar, a compensar o a devolver |
| Volumen de operaciones | Facturación anual desglosada (interior, intracomunitaria, exportación, exentas) |
| Prorrata y regularización | Solo si tienes actividades con y sin derecho a deducción o bienes de inversión |
Cómo asegurarte de que el 390 cuadra con tus 303
El error número uno con el 390 es que los importes anuales no coinciden con la suma de los cuatro trimestres. Hacienda cruza ambos automáticamente, así que un descuadre suele acabar en requerimiento. Sigue estos pasos para evitarlo:
- Reúne tus cuatro Modelos 303 del añoTen a mano las cuatro autoliquidaciones presentadas (1T, 2T, 3T y 4T) con sus bases y cuotas.
- Suma las bases de IVA repercutido por tipoSuma las bases al 4%, al 10% y al 21% de los cuatro trimestres por separado. Esos totales deben aparecer en el bloque de IVA devengado del 390.
- Suma el IVA soportado deducibleAgrega el IVA deducible de compras corrientes y de bienes de inversión de los cuatro periodos. Revisa que no se te haya colado dos veces ningún gasto.
- Comprueba el resultado anualEl resultado neto del año (ingresado, compensado o devuelto) debe encajar con la suma de los resultados de tus 303.
- Revisa los ajustes del 4TSi en el cuarto trimestre hiciste regularización de prorrata o de bienes de inversión, asegúrate de que esos ajustes están reflejados también en el 390.
Ejemplo de cuadre anual
Un autónomo en régimen general, todo al 21%, con estos cuatro trimestres:
2T: base ventas 9.500 € · IVA repercutido 1.995 € · IVA soportado 420 € → a ingresar 1.575 €
3T: base ventas 6.000 € · IVA repercutido 1.260 € · IVA soportado 300 € → a ingresar 960 €
4T: base ventas 10.500 € · IVA repercutido 2.205 € · IVA soportado 510 € → a ingresar 1.695 €
───────────────
En el Modelo 390: base anual repercutida 34.000 € · IVA repercutido 7.140 € · IVA soportado 1.610 € · resultado del año 5.530 €.
Si esas tres cifras (34.000, 7.140 y 1.610) coinciden con la suma de tus cuatro 303, el 390 está cuadrado. Si no, revisa trimestre a trimestre antes de presentar.
Errores frecuentes con el Modelo 390
| Error | Consecuencia |
|---|---|
| El 390 no cuadra con la suma de los cuatro 303 | Requerimiento o propuesta de liquidación de Hacienda |
| Presentarlo estando exonerado (o no marcar la exoneración) | Confusión y declaraciones innecesarias o requerimientos |
| Olvidar la regularización del 4T (prorrata, inversión) | Diferencias entre el 390 y la realidad de la actividad |
| Presentarlo fuera del plazo de enero | Sanción por declaración informativa fuera de plazo |
| Duplicar gastos en el IVA soportado anual | Deducción indebida y posible regularización |
Lleva el IVA cuadrado todo el año. Calcula y desglosa el IVA de cada factura y emite tus facturas correctas para que el 303 y el 390 cuadren sin sustos.
Calculadora de IVA → Generador de facturas →Preguntas frecuentes sobre el Modelo 390
¿Qué es el Modelo 390?
Es la declaración informativa del resumen anual del IVA. No supone pago: recapitula todas las operaciones con IVA del año natural y permite a Hacienda contrastar que la suma de tus cuatro Modelos 303 coincide con tu actividad anual.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Con carácter general, todos los que presentan el Modelo 303. Están exonerados quienes tributan en régimen simplificado, los arrendadores de inmuebles urbanos y los acogidos al SII, siempre que marquen la casilla de exoneración en el 303 del cuarto trimestre.
¿Cuándo se presenta?
Del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio declarado, junto con el Modelo 303 del cuarto trimestre.
¿Se paga algo con el 390?
No. Es una declaración solo informativa. Los pagos y devoluciones ya se hicieron con los cuatro 303 del año.
¿Qué pasa si no cuadra con mis 303?
Hacienda cruza ambos automáticamente. Un descuadre suele provocar un requerimiento o una propuesta de liquidación, así que conviene revisar el cuadre antes de presentar.
¿En qué se diferencia del Modelo 303?
El 303 es la autoliquidación trimestral con la que pagas o pides devolución; el 390 es el resumen anual informativo que suma los cuatro 303 y no implica pago.