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Modelo 390 IVA 2026: Guía Completa para Autónomos

Publicado: 5 ene 2026

Resumen anual de IVA: quién lo presenta, plazos, cómo rellenarlo paso a paso y errores que debes evitar

Documentos fiscales y formularios para la declaración anual de IVA Modelo 390

¿Qué es el Modelo 390?

El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del IVA que presentan autónomos y empresas una vez al año en enero. No genera pago ni devolución: es una declaración exclusivamente informativa que consolida todas las operaciones de IVA del ejercicio y permite a la Agencia Tributaria cruzar los datos con los cuatro Modelos 303 presentados trimestralmente.

Piensa en el Modelo 390 como el "cierre de año" del IVA: recoge en un único documento el IVA devengado total (el que has cobrado), el IVA deducible total (el que has pagado en tus compras) y el resultado neto del ejercicio.

Dato clave: El Modelo 390 no es un pago. Los ingresos a Hacienda ya se realizaron con los cuatro trimestres del Modelo 303. El 390 simplemente informa del conjunto del año.

¿Quién tiene que presentar el Modelo 390?

Están obligados a presentarlo todos los sujetos pasivos de IVA que presenten el Modelo 303 con periodicidad trimestral, es decir, la mayoría de autónomos y pymes. Sin embargo, hay colectivos exonerados:

Colectivo¿Presenta el 390?Motivo
Autónomos y pymes en régimen general (trimestral)Regla general
Régimen simplificado de IVA (módulos)NoExoneración normativa
Régimen especial agricultura, ganadería y pesca (REAG)NoExoneración normativa
Grandes empresas en SII (liquidación mensual)NoInformación ya suministrada en tiempo real
Grupos de IVA en SIINoInformación ya suministrada en tiempo real
Ojo si tienes dos actividades: Si ejerces una actividad en régimen general y otra en régimen simplificado, debes presentar el Modelo 390 por el conjunto, incluyendo ambas actividades.

Plazo de presentación 2026

El Modelo 390 del ejercicio 2025 se presentó del 1 al 30 de enero de 2026. El del ejercicio 2026 deberá presentarse:

Modelo 390 del ejercicioPlazo de presentación
2026Del 1 al 30 de enero de 2027
2025 (ya cerrado)Del 1 al 30 de enero de 2026
No hay prórroga automática: Si el 30 de enero cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo se amplía al siguiente día hábil. No se admite presentación fuera de plazo sin sanción salvo causa de fuerza mayor acreditada.
Contable revisando declaración anual de IVA en ordenador

Cómo rellenar el Modelo 390 paso a paso

El Modelo 390 se presenta exclusivamente por vía telemática en la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitas Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.

1
Reúne los cuatro Modelos 303 del año
Antes de abrir el 390, ten a mano los cuatro 303 presentados (1T, 2T, 3T y 4T). Las casillas del 390 deben cuadrar con la suma de los cuatro trimestres. Si usas un programa de contabilidad o gestoría, solicita el resumen anual de IVA.
2
Accede al formulario en Sede Electrónica
Ruta: Todos los trámites → Impuestos → IVA → Modelo 390 → Presentación. Selecciona el ejercicio (2026) y confirma que tu período es trimestral.
3
Apartado I — Sujeto pasivo
Verifica NIF, nombre/razón social, régimen de IVA aplicable y actividad económica (epígrafe IAE). Si ejerces varias actividades, deberás indicar cada una con su régimen.
4
Apartado II — Operaciones realizadas (IVA devengado)
Introduce el volumen total de operaciones del año por tipo impositivo: base imponible y cuota al 21%, 10% y 4%. Incluye también las operaciones exentas con y sin derecho a deducción, las adquisiciones intracomunitarias y las inversiones del sujeto pasivo si procede.
5
Apartado III — IVA deducible (IVA soportado)
Declara el total de IVA soportado deducible: cuotas de operaciones interiores corrientes, bienes de inversión, importaciones y adquisiciones intracomunitarias. Si aplicas prorrata, refleja el porcentaje definitivo del año y la regularización de bienes de inversión si corresponde.
6
Apartado IV — Resultado
La diferencia entre IVA devengado e IVA deducible da el resultado del ejercicio. Este dato debe coincidir con la suma de los resultados de los cuatro 303. Compruébalo antes de presentar.
7
Presenta y descarga el justificante
Una vez validado el formulario, preséntalo telemáticamente. Guarda el CSV (número de justificante) o el PDF de confirmación. Tenlo disponible si la AEAT solicita aclaraciones.
Consejo práctico: Si usas un programa de facturación, muchos generan el Modelo 390 prellenado a partir de los datos del año. Solo tendrás que revisar y firmar electrónicamente.

Diferencias entre Modelo 303 y Modelo 390

CaracterísticaModelo 303Modelo 390
PeriodicidadTrimestral (o mensual en SII)Anual (enero del año siguiente)
Tipo de declaraciónLiquidación → puede generar pago o devoluciónInformativa → sin cuota ni devolución
Plazo20 días tras cierre del trimestre1–30 de enero del año siguiente
Quién lo presentaTodos los declarantes de IVASolo declarantes trimestrales (no SII ni módulos)
CoherenciaLa suma de los cuatro 303 del año debe cuadrar con el 390

Casillas principales del Modelo 390

El formulario tiene más de 100 casillas, pero estas son las más relevantes para un autónomo en régimen general:

CasillaConcepto
01Base imponible operaciones interiores al 21%
02Cuota IVA devengado al 21%
03Base imponible al 10%
04Cuota IVA devengado al 10%
05Base imponible al 4%
06Cuota IVA devengado al 4%
25Total IVA devengado
48Total IVA deducible (cuotas soportadas)
64Resultado del ejercicio (diferencia devengado – deducible)
80Volumen total de operaciones del año
95Porcentaje de prorrata (si aplica)
Importante: Las casillas exactas pueden variar ligeramente según el año fiscal. Consulta siempre el formulario oficial de la AEAT para el ejercicio correspondiente.
Autónomo completando declaración anual de IVA con documentos fiscales

La prorrata en el Modelo 390

Si tu actividad genera simultáneamente operaciones con derecho a deducción de IVA y operaciones exentas (sin derecho a deducción), debes aplicar la regla de prorrata.

¿Cómo funciona? Durante el año has deducido el IVA soportado aplicando un porcentaje de prorrata provisional (basado en el porcentaje definitivo del año anterior). Al presentar el Modelo 390, calculas el porcentaje definitivo del año que acaba:

Fórmula prorrata: % prorrata = (Operaciones con derecho a deducción ÷ Total operaciones) × 100. Se redondea al alza al número entero siguiente.

Si el porcentaje definitivo difiere del provisional, debes realizar una regularización en el último Modelo 303 del año (4T). Esta regularización puede suponer un ingreso adicional o un mayor crédito a compensar, según el sentido de la diferencia.

Errores frecuentes al presentar el Modelo 390

Sanción por no presentar el Modelo 390

Al ser una declaración informativa (sin cuota), el régimen sancionador es diferente al del Modelo 303:

SituaciónSanción
Presentación espontánea fuera de plazo (sin requerimiento)200 € (reducible al 50% = 100 €)
Presentación tras requerimiento de la AEATMínimo 300 €
No presentación o datos incorrectos con perjuicio a tercerosHasta 20 € por dato, mínimo 300 €
Consejo: Si se te ha pasado el plazo, presenta cuanto antes de forma voluntaria para beneficiarte de la reducción del 50% en la sanción. El coste de esperar a que la AEAT requiera es siempre mayor.

Preguntas frecuentes — Modelo 390

¿Quién tiene que presentar el Modelo 390?

Todos los autónomos y empresas que presenten el Modelo 303 con periodicidad trimestral (régimen general de IVA). Quedan exonerados: régimen simplificado, REAG y quienes están en el SII con presentación mensual del 303.

¿El Modelo 390 genera pago o devolución?

No. El Modelo 390 es solo informativo. Los pagos y devoluciones ya se gestionaron con los cuatro Modelos 303 trimestrales del año. El 390 no implica ningún movimiento económico.

¿Cuándo se presenta el Modelo 390 del ejercicio 2026?

Del 1 al 30 de enero de 2027. Recuerda: el 390 siempre se presenta en el mes de enero del año siguiente al ejercicio que resumes.

¿Qué diferencia hay entre el Modelo 303 y el Modelo 390?

El 303 es la liquidación periódica (trimestral) con pago o devolución de IVA. El 390 es el resumen anual informativo que consolida todos los 303 del año. Son complementarios: la suma de los cuatro 303 debe cuadrar con el 390.

¿Qué pasa si no presento el Modelo 390?

La sanción por no presentarlo es de 200€ si te adelantas voluntariamente, o mínimo 300€ si la AEAT ya te ha requerido. Aunque no es la sanción más gravosa, acumular incumplimientos formales aumenta el riesgo de inspección.

¿Cómo afecta la prorrata al Modelo 390?

Si realizas operaciones con y sin derecho a deducción de IVA, debes indicar en el 390 el porcentaje de prorrata definitivo del año (casilla 95). Si difiere del provisional, la diferencia se regulariza en el 303 del 4T.

¿Qué es el SII y por qué los que están en él no presentan el 390?

El SII (Suministro Inmediato de Información) obliga a ciertas empresas a enviar sus registros de facturas a la AEAT en tiempo real. Al hacerlo mensualmente, la AEAT ya tiene todos los datos y exonera a estos contribuyentes de presentar el 390 anual.


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