Publicado: 15 jul 2026
Bizkaia, Gipuzkoa, Álava y Navarra tienen su propia Hacienda, sus propios tramos y su propia fórmula de Modelo 130. Así funciona de verdad
Calculadora IRPF gratisSi eres autónomo y resides en Bizkaia, Gipuzkoa, Álava o Navarra, casi cualquier calculadora de IRPF, retenciones o Modelo 130 que encuentres en internet asume por defecto la normativa de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). El problema es que en estos cuatro territorios el IRPF no lo regula ni lo recauda la AEAT.
El Concierto Económico (País Vasco) y el Convenio Económico (Navarra) reconocen a las tres Diputaciones Forales vascas y a la Hacienda Foral de Navarra competencia normativa propia sobre el IRPF: pueden fijar sus propios tramos, tipos, mínimos exentos, deducciones y hasta la fórmula del pago fraccionado trimestral. El resultado son cuatro sistemas fiscales distintos (Bizkaia, Gipuzkoa, Álava y Navarra) que conviven con el territorio común, cada uno con su propia normativa actualizada para 2026.
Cada territorio aprueba su propia escala de gravamen. Estos son los rasgos principales de cada una en 2026:
| Territorio | Nº tramos | Tipo mínimo | Tipo marginal máximo |
|---|---|---|---|
| Territorio común (AEAT + CC.AA.) | Variable por CC.AA. | ~19% | ~47% (según comunidad) |
| Bizkaia / Gipuzkoa / Álava | 8 tramos (escala foral única) | ~23% | 49% (desde ~208.390€) |
| Navarra | 11 tramos | 13% | 52% |
Aquí está la buena noticia: el porcentaje de retención de IRPF en facturas de profesionales es el mismo en los cuatro territorios forales que en territorio común.
Puedes calcular el importe exacto de tu retención con la calculadora de retención IRPF — el 15%/7% es válido en todo el territorio nacional, forales incluidos.
Este es el error más frecuente de las calculadoras genéricas: asumen que el pago fraccionado trimestral se calcula igual en toda España. No es así.
| Territorio | Cálculo del pago fraccionado (Modelo 130) |
|---|---|
| Territorio común (AEAT) | 20% del rendimiento neto acumulado en el trimestre, menos pagos anteriores y retenciones ya soportadas |
| Bizkaia | Primeros 2 años de actividad: 20% del rendimiento del trimestre. Desde el 3º año: 5% del rendimiento neto del ejercicio anterior |
| Álava | 5% de la diferencia entre ingresos y gastos del trimestre en estimación directa simplificada |
| Gipuzkoa | Pago fraccionado obligatorio con reglas propias fijadas por la Diputación Foral, distintas del 20% trimestral estatal |
| Navarra | 20% del rendimiento neto acumulado, salvo exoneración si las retenciones ya cubren el 70% o más de los rendimientos previstos |
Consulta también nuestra guía del Modelo 130 en territorio común para entender la base del cálculo antes de aplicar la variante foral que te corresponda.
Porque el Concierto Económico y el Convenio Económico dan a las Diputaciones Forales vascas y a Hacienda Foral de Navarra competencia propia para regular y recaudar el IRPF, con tramos, tipos y retenciones distintos entre sí y del territorio común.
Tu domicilio fiscal (residencia habitual). Si vives en Bizkaia, Gipuzkoa, Álava o Navarra tributas en la Hacienda Foral correspondiente, aunque factures a clientes de toda España.
Varían por tramo. País Vasco tiene 8 tramos con marginal máximo del 49% desde unos 208.390€; Navarra tiene 11 tramos del 13% al 52%. No apliques la calculadora estatal para estimarlo.
Sí, el porcentaje es el mismo (15% general, 7% los 3 primeros años). Lo que cambia es la Hacienda de destino del importe retenido: Diputación Foral o Hacienda de Navarra, no la AEAT.
No. En Bizkaia, a partir del tercer año, se calcula el 5% del rendimiento neto del año anterior (no el 20% del trimestre). En Álava es el 5% de la diferencia ingresos-gastos del trimestre. Aplicar la fórmula estatal da un resultado incorrecto.
Si las retenciones ya soportadas cubren el 70% o más de tus rendimientos previstos, quedas exonerado de presentar el Modelo 130. Si no, ingresas el 20% trimestral del rendimiento acumulado, como en territorio común.
Nada cambia en tu IRPF: tu domicilio fiscal en Bizkaia determina que tributas ahí por toda tu renta, sin importar dónde estén tus clientes. Eso solo afecta al IVA o al reparto de Sociedades en grandes empresas.
Solo como orientación muy aproximada del tipo marginal. Para el pago fraccionado (Modelo 130) o la retención efectiva, usa siempre la normativa foral: las calculadoras con la fórmula estatal fija del 20% dan resultados incorrectos aquí.