IVA intracomunitario y Modelo 349 (2026)
Cómo facturar sin IVA a clientes de la UE, darte de alta en el ROI, aplicar la inversión del sujeto pasivo y presentar el Modelo 349 sin liarte. Con verificador VIES, ejemplos y calculadora. Sin registro.
Calculadora
En cuanto un autónomo empieza a trabajar con clientes o proveedores de otros países de la Unión Europea aparece la gran duda: «¿le cobro IVA o no?». La respuesta corta es que, entre empresas de la UE con NIF-IVA válido, normalmente se factura sin IVA gracias a la inversión del sujeto pasivo. Pero para hacerlo bien hay que estar dado de alta en el ROI, comprobar el NIF-IVA del cliente en VIES y declarar esas operaciones en el Modelo 349. En esta guía te lo explicamos todo paso a paso, con ejemplos reales, tabla resumen, vídeo y un verificador rápido.
¿Qué es el IVA intracomunitario?
El IVA intracomunitario es el conjunto de reglas de IVA que se aplican a las operaciones de compraventa de bienes y servicios entre operadores (empresas o autónomos) de distintos Estados miembros de la UE. La idea del sistema es evitar la doble imposición y que el IVA se ingrese en el país donde realmente se consume el bien o servicio.
Para que funcione, la clave es el NIF-IVA (también llamado VAT number): un número de identificación fiscal válido a nivel europeo. En España, tu NIF-IVA es tu NIF precedido del prefijo ES (por ejemplo, ESX1234567Z), pero solo es válido para operaciones intracomunitarias si estás dado de alta en el ROI y apareces en el censo VIES.
El ROI: darte de alta como operador intracomunitario
El ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) es el censo que habilita tu NIF para operar con el resto de la UE sin IVA. Sin estar en el ROI, tu número no aparece en VIES y no puedes aplicar la exención.
- Presenta el Modelo 036Es la declaración censal. Marca la casilla 582 («Alta en el Registro de operadores intracomunitarios») e indica en la 584 la fecha prevista de tu primera operación.
- Espera la resolución de HaciendaLa AEAT verifica que realmente vas a operar con la UE. Puede tardar hasta 3 meses y a veces pide documentación (contratos, facturas previstas). Mientras tanto no estás en VIES.
- Comprueba que ya figuras en VIESCuando te aceptan, tu NIF-IVA aparece como válido en el sistema VIES de la Comisión Europea. A partir de ahí ya puedes facturar sin IVA a otros operadores de la UE.
Verifica el NIF-IVA de tu cliente (VIES)
Antes de emitir una factura sin IVA siempre debes comprobar que el NIF-IVA de tu cliente es válido en VIES. Si no lo es, no puedes aplicar la exención. Introduce el país y el número y te llevamos directo a la comprobación oficial de la Comisión Europea:
¿Cobro IVA o no? Tabla resumen
Lo que decide si cobras IVA depende de qué vendes (bien o servicio), a quién (empresa o particular) y dónde está. Este es el resumen para las operaciones intracomunitarias más habituales de un autónomo:
| Operación | Cliente con NIF-IVA (empresa/autónomo) | Cliente particular (sin NIF-IVA) |
|---|---|---|
| Vendes un servicio a la UE | Sin IVA · inversión del sujeto pasivo | Con IVA español (regla general) |
| Vendes un bien a la UE | Sin IVA · entrega intracomunitaria exenta | Con IVA español (hasta umbral OSS) |
| Compras un servicio a la UE | Recibes factura sin IVA · autoliquidas tú | — |
| Compras un bien a la UE | Adquisición intracomunitaria · autoliquidas IVA | — |
La inversión del sujeto pasivo, explicada fácil
La inversión del sujeto pasivo es el mecanismo que hace que, en lugar de pagar el IVA el que vende, lo declare el que compra. El proveedor emite la factura sin IVA y el cliente lo «autoliquida»: lo apunta en su modelo 303 como IVA devengado y, a la vez, como IVA deducible. El efecto neto suele ser cero, pero hay que declararlo igual.
Por eso, cuando compras publicidad a una empresa europea (por ejemplo, anuncios online) y estás en el ROI, recibes una factura sin IVA y eres tú quien declara ese IVA en España. Si lo ignoras, estás dejando de declarar IVA devengado, lo que puede acabar en una liquidación con recargo.
El Modelo 349: la declaración informativa
El Modelo 349 es una declaración informativa (no se paga nada con ella) donde relacionas todas tus operaciones intracomunitarias: a quién, su NIF-IVA, el tipo de operación y el importe. Sirve para que Hacienda cruce datos con el resto de países de la UE.
| Clave | Tipo de operación |
|---|---|
| E | Entregas intracomunitarias de bienes (tú vendes bienes a la UE) |
| A | Adquisiciones intracomunitarias de bienes (tú compras bienes en la UE) |
| S | Prestaciones de servicios (tú vendes servicios a la UE) |
| I | Adquisiciones de servicios (tú compras servicios en la UE) |
¿Cada cuánto se presenta? Por norma general es trimestral, pero pasa a ser mensual si tus entregas intracomunitarias superan ciertos umbrales (50.000 € en el trimestre). Si en un periodo no tienes operaciones, no presentas nada por ese periodo.
Ejemplo práctico: facturar a un cliente alemán
Eres autónomo en España, estás en el ROI y un cliente empresa de Alemania (con NIF-IVA válido en VIES) te contrata un servicio de diseño por 2.000 €:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 2.000,00 € |
| IVA (21%) | 0,00 € (inversión del sujeto pasivo) |
| Total factura | 2.000,00 € |
En la factura debes incluir: tu NIF-IVA (ES...), el NIF-IVA del cliente alemán (DE...) y la mención «Operación exenta — inversión del sujeto pasivo (art. 196 Directiva 2006/112/CE)». Después declaras esos 2.000 € en el Modelo 349 con clave S y el NIF del cliente. En el Modelo 303 esa venta va en la casilla de operaciones intracomunitarias (no suma IVA a pagar).
Vídeo: IVA intracomunitario y Modelo 349
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Generador de facturas gratis →Errores frecuentes con el IVA intracomunitario
- Facturar sin IVA sin estar en el ROI. Si no estás en VIES no puedes aplicar la exención: deberías cobrar IVA español.
- No comprobar el NIF-IVA en VIES. Si el cliente no es válido en VIES, la factura sin IVA es incorrecta y la responsabilidad es tuya.
- Olvidar la mención de inversión del sujeto pasivo. La factura debe indicarlo expresamente; si no, no está bien emitida.
- No autoliquidar el IVA de las compras a la UE. Comprar publicidad o software a una empresa de la UE sin declarar el IVA por inversión es un error muy común.
- No presentar el Modelo 349. Aunque sea informativo y no se pague, omitirlo conlleva sanción.
- Confundir UE con extracomunitario. Vender a Reino Unido, Suiza o EEUU no es intracomunitario: son exportaciones, con reglas distintas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el IVA intracomunitario?
Es el régimen de IVA para operaciones entre empresas o autónomos de distintos países de la UE. Con NIF-IVA válido en VIES en ambas partes, normalmente se factura sin IVA y lo autoliquida quien recibe la factura por inversión del sujeto pasivo.
¿Qué es el ROI y cómo me doy de alta?
El ROI es el registro que te da un NIF-IVA válido en la UE. Te das de alta con el Modelo 036 (casilla 582). Hacienda puede tardar hasta 3 meses y a veces pide justificar la actividad.
¿Cómo facturo a un cliente de otro país de la UE?
Si es empresa/autónomo con NIF-IVA válido en VIES, sin IVA, indicando ambos NIF-IVA y la mención «inversión del sujeto pasivo». Si es particular, normalmente con IVA español.
¿Qué es la inversión del sujeto pasivo?
El mecanismo por el que el IVA lo declara el cliente y no el proveedor. El proveedor factura sin IVA y el cliente lo autoliquida en su 303, con efecto neutro al declararlo devengado y deducible a la vez.
¿Qué es el Modelo 349 y cuándo se presenta?
La declaración informativa de las operaciones intracomunitarias. Es trimestral o mensual según el volumen, no se paga nada con ella, pero omitirla o equivocarse conlleva sanción.
¿Tengo que declarar IVA si compro a Google, Meta u otra empresa de la UE?
Sí: si estás en el ROI, recibes la factura sin IVA y autoliquidas el IVA por inversión del sujeto pasivo en tu 303 (devengado y deducible) y lo reflejas en el 349.
¿Qué pasa si no estoy en el ROI y vendo a la UE?
No tienes NIF-IVA válido en VIES, así que no puedes aplicar la exención: tendrías que cobrar IVA español a empresas de la UE, perdiendo competitividad.