Publicado: 26 jul 2026
Cuánto pagas realmente, quién puede pedirla, cuánto dura y el único requisito para prorrogarla otros 12 meses
Calcula tu cuota real tras la tarifa planaLa tarifa plana es una bonificación de la Seguridad Social que reduce la cuota de cotización de un nuevo autónomo a un importe fijo muy bajo durante los primeros meses de actividad, en lugar de cotizar desde el primer día según sus ingresos reales previstos (el sistema general vigente desde 2023).
Es, con diferencia, la ayuda más solicitada por quienes se dan de alta por primera vez, porque desconecta la cuota mensual del riesgo de facturación baja en los meses de arranque del negocio.
| Periodo | Cuota mensual | Condición |
|---|---|---|
| Meses 1-12 | 80€ (≈88,64€ con MEI) | Automática al darte de alta con tarifa plana marcada |
| Meses 13-24 | 80€ (≈88,64€ con MEI) | Solo si tus rendimientos netos no superan el SMI (17.094€/año en 2026) |
| A partir del mes 13 (si no cumples la prórroga) | Cuota según tramo real de ingresos | Sistema de cotización por rendimientos netos (desde 2023) |
| Sin tarifa plana (cuota general) | Desde ~230€ hasta ~590€/mes | Según tramo de ingresos netos previstos |
El único requisito para la prórroga de los segundos 12 meses es de ingresos: si en tu primer año como autónomo tus rendimientos netos no superan el SMI, la mantienes automáticamente sin tener que volver a solicitarla. Puedes simular tu cuota tras la tarifa plana con la calculadora de cuota de autónomos 2026.
Si trabajas a la vez por cuenta ajena (con contrato laboral) y por cuenta propia como autónomo, existe una bonificación específica por pluriactividad distinta a la tarifa plana, con su propio porcentaje de reducción sobre la cuota. Ambas ayudas son incompatibles entre sí: al darte de alta debes elegir cuál te conviene más según tu previsión de ingresos, y no puedes combinarlas ni cambiar de una a otra libremente durante el periodo bonificado.
Para calcular qué opción te sale mejor, apóyate en la calculadora de cuota de autónomos y compara el importe real de cada bonificación en tu caso.
Además de la tarifa plana estatal, varias comunidades autónomas (entre ellas Madrid, Murcia, Castilla y León, Galicia y Andalucía) tienen su propia ayuda de "cuota cero": te devuelven o bonifican directamente lo que pagas de cuota durante el primer año de alta, y en algunos casos también durante el segundo. Es compatible con la tarifa plana estatal, pero cada comunidad regula sus propios requisitos, plazos de solicitud y documentación, así que conviene consultarlo en la web de tu comunidad antes de darte de alta.
Si te das de baja antes de terminar el periodo bonificado y vuelves a darte de alta después, necesitarás esperar el periodo mínimo (2 o 3 años) para poder solicitarla de nuevo. Consulta los plazos y trámites completos en la guía de baja de autónomo.
80€/mes de cotización durante los primeros 12 meses, aunque el cargo real ronda los 88,64€/mes al incluir el MEI.
No haber estado de alta en el RETA en los 2 años anteriores (3 si ya la disfrutaste), estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y marcarla en el TA.0521 al darte de alta.
12 meses, prorrogables 12 meses más (hasta 24) si tus rendimientos netos anuales no superan el SMI (17.094€ en 2026).
Se marca en el modelo TA.0521 en el momento del alta en el RETA. Si no se marca entonces, se pierde para siempre.
Puedes trabajar por cuenta ajena y propia a la vez, pero debes elegir entre la tarifa plana o la bonificación específica de pluriactividad, no ambas.
Un impago puntual regularizado no la anula. El riesgo es acumular impagos sin regularizar, lo que sí puede hacer que se retire.
Sí, algunas comunidades autónomas (Madrid, Murcia, Castilla y León, Galicia, Andalucía) devuelven o bonifican la cuota el primer año, compatible con la tarifa plana estatal.
La tarifa plana de 80€/mes es una bonificación estatal vigente en toda España, pero algunas comunidades autónomas han implementado ayudas adicionales conocidas como "cuota cero" que bonifican o devuelven la cuota de autónomos durante el primer año, o más:
| CCAA | Ayuda | Importe | Duración | Compatibilidad con tarifa plana |
|---|---|---|---|---|
| Madrid | Cuota cero autonómica | Hasta 100% tarifa plana reembolsada | 12 meses | Sí, es compatible |
| Murcia | Cuota cero para nuevos autónomos | Devuelve/bonifica 80€/mes | 12 meses | Sí, acumulable |
| Castilla y León | Bonificación complementaria | Variable 50-100€/mes | 12 meses | Sí, compatible |
| Galicia | Cuota cero autonómica | Tarifa plana + complemento | 24 meses en algunos casos | Sí, sinergia |
| Andalucía | Ayuda a nuevos autónomos | 50-80€ según perfil | 12 meses | Sí, acumulable |
| Resto de CCAA | Sin cuota cero | Solo tarifa plana estatal | 12-24 meses | N/A |
Recomendación: si eres de una CCAA con cuota cero, consulta con el organismo de promoción de la autonomía local o con una gestoría: podrías estar dejándote entre 600 y 2400€ en ayudas que se acumulan con la tarifa plana estatal.
Para que veas el impacto económico real de elegir tarifa plana en tu primer año como autónomo:
| Escenario | Cuota mensual | Anual (12 meses) | Gasto acumulado dos años |
|---|---|---|---|
| Tarifa plana (años 1-2) | 80€ (88,64€ con MEI) | 960€ (1.063,68€) | 1.920€ — 2.127,36€ con MEI |
| Cuota general (base 15.000€ ingresos) | 291€ (con tramo 2026) | 3.492€ | 6.984€ en dos años |
| Cuota general (base 8.000€ ingresos) | 180€ (con tramo 2026) | 2.160€ | 4.320€ en dos años |
| Tarifa plana + cuota cero (Madrid/Murcia/CCAA) | 0€ (reembolsado) | 0€ con ayuda | 0€ año 1 + 960€ año 2 = 960€ |
| Cuota general sin ninguna ayuda | 380€ (tramo medio) | 4.560€ | 9.120€ en dos años |
Conclusión: el ahorro real de la tarifa plana los primeros 12 meses es de 2.000-3.600€ comparada con la cuota general. Si tu CCAA ofrece cuota cero, el ahorro puede llegar a 5.000-5.500€ en el primer año.
La tarifa plana no es permanente: hay circunstancias en las que se pierde automáticamente o por decisión de la Seguridad Social. Aquí están los casos más frecuentes:
Si pasas de RETA (autónomo) a ser empleado o constituyendo sociedad mercantil, pierdes la tarifa plana porque ya no cotizas en el RETA como persona física.
Si solicitas la baja voluntaria o cesa tu actividad, cuando te des de alta nuevamente ya no podrás solicitar tarifa plana (puedes solicitarla solo una vez en la vida, con la salvedad de ciertos cambios de actividad).
Un impago puntual no anula la tarifa plana, pero sí impagos acumulados que no regularices. Si tienes 3 meses consecutivos o 6 interpolados sin pagar, la Seguridad Social puede revocarla.
No presentar la declaración de impuestos (IVA, IRPF) o no tener tus datos actualizados en Hacienda puede poner en riesgo la tarifa plana por decisión administrativa.
Si en el año 1 tus rendimientos superan el SMI (17.094€ en 2026), pierdes automáticamente la prórroga de la tarifa plana en el mes 13 y pasas a cuota general según tus ingresos reales.
Si no la marcase al tramitar el alta, se pierde para siempre. No hay forma de solicitarla retroactivamente ni después de los primeros 30 días de alta.