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Cómo darse de alta como autónomo en 2026: pasos, costes y documentación

Todo lo que necesitas saber para registrarte como autónomo en España: alta en Hacienda, alta en el RETA, tabla de cuotas 2026 y tarifa plana de 80€. Paso a paso, sin letra pequeña.

Ver los pasos →

Darse de alta como autónomo en España en 2026 implica dos trámites administrativos principales: registrarse ante Hacienda (Agencia Tributaria) y afiliarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. El proceso completo puede realizarse en uno o dos días por vía telemática si tienes certificado digital o DNI electrónico, y el trámite en sí es gratuito. Lo que empieza a costar desde el primer día es la cuota mensual a la Seguridad Social.

Esta guía cubre todos los tipos de autónomo, los formularios exactos que debes presentar, la documentación necesaria y la tabla de cuotas 2026. También incluye los errores más frecuentes que cometen los nuevos autónomos y que luego se pagan en forma de sanciones o cuotas retroactivas.

Autónoma tomando notas y gestionando documentación para el alta
La mayoría del proceso se puede completar online con certificado digital
Autónomo trabajando con ordenador portátil desde casa
El alta telemática evita desplazarte a las oficinas de Hacienda o de la Seguridad Social
Oficina de la Agencia Tributaria en España
Sede de la Agencia Tributaria en Logroño (imagen: Wikimedia Commons / CC BY-SA)

Tipos de autónomo: ¿cuál eres tú?

Antes de empezar el proceso, conviene saber en qué categoría encajas, porque los trámites y las obligaciones pueden diferir:

TipoDescripciónNotas especiales
Autónomo individualPersona física que ejerce una actividad económica por cuenta propia de forma habitualEl caso más común. Alta en IAE + RETA.
Autónomo societarioSocio de una sociedad mercantil que ejerce funciones de dirección y gerencia, con control efectivo (≥25% o ≥33% según caso)Cotiza en RETA aunque sea asalariado de la propia sociedad. Sin tarifa plana si ya estuvo dado de alta en los últimos 2 años.
Autónomo dependiente (TRADE)Autónomo cuyo 75% o más de ingresos procede de un solo clienteContrato registrado en el SEPE. Protección similar a la laboral en algunos derechos (vacaciones, baja).
Autónomo colaborador familiarFamiliar del autónomo (cónyuge o parientes de 1er y 2º grado) que trabaja de forma habitual en el negocioAlta obligatoria en RETA. Sin tarifa plana.

Requisitos previos para darte de alta

Antes de iniciar el trámite, verifica que cumples estos requisitos:

Ciudadanos de la UE/EEE: no necesitan autorización especial para trabajar como autónomos en España, pero deben obtener el NIE y registrarse en el Registro Central de Extranjeros.

Paso a paso: cómo darse de alta como autónomo en 2026

  1. Alta en Hacienda: modelo 036 o modelo 037

    El primer paso es comunicar a la Agencia Tributaria que vas a ejercer una actividad económica. Esto se hace con el modelo 036 (declaración censal completa) o con el modelo 037 (versión simplificada). La mayoría de autónomos individuales pueden usar el 037, más ágil. En él declaras:

    • El inicio de la actividad y la fecha prevista
    • El epígrafe del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) correspondiente a tu actividad
    • El régimen de IVA (general, recargo de equivalencia, exención…)
    • El régimen de IRPF (estimación directa normal o simplificada, o estimación objetiva por módulos)
    • El domicilio fiscal y, si aplica, el domicilio de la actividad

    Dónde presentarlo: en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es) con certificado digital, o presencialmente en tu Administración de Hacienda con cita previa.

  2. Identificar el epígrafe del IAE

    El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es el código que clasifica tu actividad dentro de los censos de Hacienda. Los autónomos con facturación inferior a 1 millón de euros están exentos de pagar el IAE, pero no de declararlo. Los grupos principales son:

    • Sección Primera: actividades empresariales (comercio, hostelería, construcción, industria...)
    • Sección Segunda: actividades profesionales (abogados, médicos, ingenieros, diseñadores...)
    • Sección Tercera: actividades artísticas (músicos, pintores, actores...)

    Si tu actividad encaja en la Sección Segunda, tus facturas llevarán retención de IRPF, lo que puede eximirte de presentar el modelo 130 trimestral.

  3. Alta en el RETA (Seguridad Social)

    Después de Hacienda, presentas el formulario TA.0521 en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para inscribirte en el RETA. Puedes hacerlo en la Sede electrónica de la Seguridad Social con tu certificado digital.

    Plazos: con un mínimo de 60 días de antelación al inicio de la actividad, o como máximo 30 días después. Darse de alta después de haber empezado a trabajar puede acarrear recargos.

    En este formulario eliges también tu base de cotización. Desde 2023, el sistema funciona por tramos según ingresos reales previstos. Cuanto más baja sea la base elegida, menor será la cuota, pero también la prestación en caso de baja o jubilación.

  4. Solicitar la tarifa plana de 80€ si es tu primera alta

    Si nunca has sido autónomo antes, o han transcurrido más de 2 años desde tu última baja en el RETA (3 años si ya te beneficiaste de la tarifa plana anterior), puedes solicitar la tarifa plana de 80€/mes durante los 12 primeros meses. Para activarla, indícalo expresamente en el formulario TA.0521 al hacer el alta. No se puede solicitar a posteriori.

  5. Trámites complementarios según actividad

    Dependiendo de tu sector, puede haber pasos adicionales:

    • Licencia de apertura municipal: si tienes local abierto al público, necesitas comunicación previa de actividad o licencia de apertura en el Ayuntamiento.
    • Comunicación de apertura de centro de trabajo: si contratas empleados o tienes local, debes comunicarlo a la Inspección de Trabajo antes de empezar.
    • Registro de marca: opcional pero recomendable si vas a usar un nombre comercial. Trámite ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
    • Colegiación profesional: obligatoria en algunas profesiones reguladas (médicos, abogados, arquitectos…).
    • LOPD/RGPD: si tratas datos personales de clientes, debes cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos y, en muchos casos, registrar los tratamientos.

Tabla de cuotas de autónomo 2026: tramos por ingresos reales

Desde el 1 de enero de 2023, la cotización de los autónomos se calcula en función de los ingresos netos reales, no de una base fija elegida libremente. En 2026 el sistema se consolida con los siguientes tramos (rendimientos netos mensuales = ingresos − gastos deducibles, sin incluir la propia cuota):

Tramo Rendimiento neto mensual Base mínima de cotización Cuota mínima mensual
1Menos de 670 €735,29 €200 €
2670 € – 900 €816,99 €220 €
3900 € – 1.166,70 €960,78 €260 €
41.166,70 € – 1.300 €1.045,75 €290 €
51.300 € – 1.500 €1.062,09 €294 €
61.500 € – 1.700 €1.078,43 €294 €
71.700 € – 1.850 €1.111,11 €310 €
81.850 € – 2.030 €1.176,47 €320 €
92.030 € – 2.330 €1.225,49 €340 €
102.330 € – 2.760 €1.274,51 €355 €
112.760 € – 3.190 €1.323,53 €370 €
123.190 € – 3.620 €1.372,55 €385 €
133.620 € – 4.050 €1.633,99 €460 €
144.050 € – 6.000 €1.732,03 €490 €
15Más de 6.000 €1.928,10 €542 €
Nota: La cuota mostrada corresponde a la base mínima de cada tramo. Puedes elegir una base superior para aumentar tu prestación futura, pagando más. La tarifa plana de 80€/mes se aplica durante los primeros 12 meses con independencia del tramo que te corresponda por ingresos, siempre que sea tu primera alta o hayan pasado más de 2 años desde la última baja.

¿Quieres calcular tu cuota exacta? Usa nuestra calculadora de cuota de autónomo 2026.

Documentación necesaria para el alta como autónomo

Estos son los documentos que deberás tener a mano para completar ambos trámites:

DocumentoPara qué trámiteNotas
DNI, NIE o pasaporte en vigorHacienda + RETACopia y original en presencial; en online, se verifica con certificado digital o DNI-e
Número de Identificación Fiscal (NIF)Hacienda + RETACoincide con el DNI para ciudadanos españoles
Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PINTrámite onlineImprescindible para tramitación telemática. Se obtiene en la FNMT o en las oficinas de la AEAT
Modelo 036 o 037 (Hacienda)Censo de empresariosSe rellena online en la sede de la AEAT. No hay tasa
Formulario TA.0521 (RETA)Alta en Seguridad SocialSe tramita en la sede de la Seguridad Social. No hay tasa
Número de cuenta bancaria (IBAN)RETAPara la domiciliación de la cuota mensual. Puede ser de cualquier banco español
Código CNAE o epígrafe IAEHacienda + RETAIdentifica tu actividad económica. Consúltalo en el buscador de la AEAT o en la web de la TGSS

Errores frecuentes al darse de alta como autónomo (y cómo evitarlos)

Estos son los errores que más cometen los nuevos autónomos y que pueden resultar en sanciones, deudas retroactivas o pérdida de bonificaciones:

  1. Darse de alta después de haber empezado a facturar. La Seguridad Social puede imponer recargos del 20% sobre las cuotas no ingresadas si se detecta alta tardía. El alta en el RETA debe hacerse antes de emitir la primera factura o, como máximo, 30 días después del inicio de actividad.
  2. Elegir el epígrafe IAE incorrecto. Cambiar el epígrafe después con el modelo 036/037 es sencillo, pero si llevas tiempo facturando con una actividad sin declarar, Hacienda puede regularizarte. Dedica tiempo a identificar el código correcto.
  3. No solicitar la tarifa plana en el momento del alta. No se puede activar retroactivamente. Si olvidas indicarlo en el TA.0521 al hacer el alta, perderás esa bonificación permanentemente para ese período.
  4. No presentar los modelos trimestrales (130, 303) por desconocimiento. Aunque el resultado sea cero o negativo, la presentación es obligatoria. No hacerlo genera sanciones fijas de entre 50€ y 300€ por modelo no presentado.
  5. Deducir gastos sin justificante. Hacienda puede pedir facturas de todos los gastos deducidos en la declaración de IRPF o en el IVA. Guarda todos los justificantes al menos 4 años.
  6. No comunicar la baja cuando cesas la actividad. Si dejas de trabajar como autónomo sin presentar la baja en el RETA, sigues generando deuda con la Seguridad Social. La baja también debe tramitarse en Hacienda con el modelo 036/037.
  7. Confundir base de cotización con ingresos del negocio. La base de cotización es la que usas para calcular la cuota y las futuras prestaciones; los ingresos del negocio se declaran en el IRPF e IVA. No siempre coinciden.

¿Cuánto pagarás cada mes?

Calcula tu cuota exacta de autónomo según tus ingresos reales previstos con nuestra calculadora gratuita.

Calcular mi cuota de autónomo →

Alta como autónomo y IVA: modelos e implicaciones

Al darte de alta, debes decidir también tu régimen de IVA. Las opciones principales son:

¿Tengo que presentar el modelo 130 al darme de alta?

El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF. Están obligados a presentarlo los autónomos en estimación directa cuya actividad no genera retención (comerciantes, hostelería, oficios, e-commerce…). Si eres profesional y al menos el 70% de tus facturas llevan retención de IRPF, estás exento.

Debes presentar el 130 a partir del primer trimestre completo en el que tengas alta. Si te das de alta el 15 de junio de 2026, tu primer modelo 130 será el del 3T (julio-septiembre 2026), a presentar en octubre.

Baja como autónomo: ¿cuándo y cómo?

Cuando ceses tu actividad o ya no cumplas los requisitos para ser autónomo, debes tramitar la baja dentro de los 3 días hábiles desde el cese. Se hace con el modelo 036/037 en Hacienda y el formulario TA.0521 de baja en la Seguridad Social. La cuota del mes de baja se paga completa si el cese es después del día 1; si es el día 1, se paga proporcional.

Más información: Cómo tramitar la baja como autónomo.

Preguntas frecuentes sobre el alta como autónomo en 2026

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo en 2026?

El trámite administrativo es gratuito. Lo que tiene coste desde el primer día es la cuota mensual al RETA: 200€ en el tramo mínimo, o 80€ durante los 12 primeros meses si te acoges a la tarifa plana. Si contratas una gestoría para que lo tramite por ti, el servicio suele costar entre 60€ y 150€.

¿Cuánto tarda el proceso?

Por vía telemática con certificado digital, el alta en Hacienda es prácticamente inmediata. El alta en el RETA puede tardar 24-72 horas hábiles en confirmarse. En total, el proceso completo puede completarse en 1-2 días laborables.

¿Cuál es el orden correcto: primero Hacienda o Seguridad Social?

Primero Hacienda (modelo 036/037) y después la Seguridad Social (TA.0521). La razón es que el formulario del RETA solicita datos de la actividad ya declarada en Hacienda. Puedes tramitar el RETA hasta 60 días antes del inicio de actividad o hasta 30 días después.

¿Qué es la tarifa plana de autónomos en 2026?

Es una bonificación de la cuota del RETA: pagas solo 80€/mes durante los primeros 12 meses de actividad, independientemente del tramo de ingresos que te corresponda. Solo aplica si es tu primera alta como autónomo (o han pasado más de 2 años desde la última baja, o 3 años si ya disfrutaste de tarifa plana anterior). Debes solicitarla en el momento del alta; no se puede activar retroactivamente.

¿Tengo que darme de alta si trabajo esporádicamente?

La ley obliga al alta para cualquier actividad económica "habitual". El criterio de habitualidad es ambiguo, pero la Seguridad Social presume habitualidad cuando los ingresos superan el Salario Mínimo Interprofesional mensual (1.184€/mes en 2026). Por debajo de ese umbral, la obligación es menos clara, aunque la AEAT puede requerir que declares los ingresos como rendimiento de actividades económicas igualmente.

¿Puedo ser autónomo y asalariado simultáneamente?

Sí. La pluriactividad es legal. Cotizas en ambos regímenes. En el RETA existe una bonificación específica para pluriactivos: si cotizas en el Régimen General por la base máxima, puedes elegir la base mínima del RETA con un 50% de descuento durante los primeros 18 meses, y un 25% los siguientes 18.

¿Qué formularios necesito exactamente?

Dos: el modelo 036 o 037 de la Agencia Tributaria (alta en el censo de empresarios) y el formulario TA.0521 de la Seguridad Social (alta en el RETA). El 037 es la versión simplificada del 036, válida para la mayoría de autónomos individuales. Ambos se presentan gratuitamente por Internet.

¿Cuál es la cuota de autónomo si gano poco en 2026?

Con ingresos netos mensuales por debajo de 670€, la cuota mínima es de 200€/mes. Si te acoges a la tarifa plana de primer alta, pagas 80€/mes durante los 12 primeros meses independientemente de los ingresos. Usa la calculadora de cuota para ver tu caso concreto.

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